AUTO CONSTITUCIONAL 0188/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0188/2015-RCA

Fecha: 10-Jul-2015

I.5. Síntesis de la impugnación

La parte accionante refirió, que el motivo principal para activar la presente acción de defensa radica en el hecho de que no existe fuerza legal en la tierra que pueda obligar al Juez de la causa ejecutoriar el Auto citado ni en el peor de los casos remitir antecedentes al Tribunal de apelación; no obstante, que presento varios memoriales al efecto, por lo que mal podría acudir precisamente a él.

Consideró que planteó la presente acción tutelar observando el principio de subsidiariedad extrañado, pues dirigió interminables memoriales al Juez de la causa sin obtener resultado alguno, incluso acudió a la Sala Plena del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, a la procuraduría del Estado y hasta la jefatura de atención al público dependiente del Consejo de la Magistratura del mismo departamento; razón por la que requiere una inmediata atención que permita la restitución de sus derechos constitucionales conculcados.