AUTO CONSTITUCIONAL 0265/2015-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0265/2015-CA

Fecha: 01-Jul-2015

rechazó

El Juez Tercero de Partido del Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario del departamento de Chuquisaca, por Resolución de 15 de junio de 2015, cursante de fs. 119 a 120, rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta contra el DS 28609 y el    art. 21 de la LPCF, con el siguiente fundamento: a) Las Universidades son entidades públicas regidas por la Ley 1178 de 20 de julio de 1990; por lo que, el DS 28609, ahora cuestionado, no vulnera la autonomía universitaria que se encuentra prevista en el art. 185 de la CPE. 1967; y, b) El Decreto Ley (DL) 14933, señala que, los proceso coactivos fiscales se tramitan ante los juzgados jurisdiccionales en todas sus instancias, de ello no existe vulneración alguna de derechos Constitucionales.