El suscrito Magistrado expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 0737/2015-S1 de 17 de julio; toda vez que, considera que si bien se debió
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El suscrito Magistrado expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 0737/2015-S1 de 17 de julio; toda vez que, considera que si bien se debió

Fecha: 17-Jul-2015

conceder

En ese sentido, correspondía conceder la tutela respecto al referido Juez Primero de Instrucción en lo Penal y en consecuencia disponer la nulidad de la Resolución de 15 de mayo de 2013; puesto que la referida autoridad jurisdiccional, al determinar que los delitos que motivaron su pronunciamiento no son de carácter permanente, así mismo incurrió en una errada interpretación de la legislación aplicable al caso, hecho que constituye lesión de derechos y garantías constitucionales, más aún cuando se expuso la suficiente carga argumentativa que hace posible a éste Tribunal ingresar a realizar el análisis de dicha revisión, por lo que respecto a la aludida autoridad, también se debió conceder la tutela y en su mérito disponer la nulidad del Auto de 15 de mayo de 2013.