Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0750/2015-S2
Fecha: 08-Jul-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega que los demandados vulneraron su derecho a un debido proceso en su elemento de fundamentación de las resoluciones, toda vez que, resolvieron rechazar la querella formulada por su parte contra Rubén Darío Montero Daza, Alexandra Margarita Bigabriel Apuri y Pedro José Ulunque; al confirmar el fallo de rechazo de 14 de junio de 2013, sin atender a una debida expresión de hechos acorde a los datos del proceso.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales
- sólo en aquellos casos en que la argumentación es decididamente defectuosa, abiertamente insuficiente o, en últimas, inexistente, puede el juez de tutela intervenir en la decisión judicial para revocar el fallo infundado
- III.2. El principio de congruencia
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR