SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0751/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0751/2015-S2

Fecha: 08-Jul-2015

estarían

A través de memorando S.J.U. 004/2014 de 15 de enero, fue designado en el cargo de Técnico Administrativo de la Secretaría de Justicia, dependiente del Gobierno Autónomo Departamental de Beni, pero resulta que, el 29 de agosto del mismo año, por memorando S.J.U. 073/2014, emitido por el Secretario Departamental de Justicia del referido Gobierno, Donald Chávez Fernández, prescindió de sus servicios, pese a que hizo conocer oportunamente que su esposa se encontraba embarazada. Ante este atropello, acudió a la Jefatura Departamental de Trabajo de Beni, dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, instancia que fijó audiencia de conciliación para el 27 de noviembre de ese año; el Secretario a.i. que asistió en representación de Arnaldo Edmundo Añez Chávez, indicó que no tenía conocimiento del embarazo; sin embargo, “estarían” a lo que disponga la referida Jefatura del Trabajo; empero, hasta la fecha y notificada que fue la autoridad demandada con la conminatoria 051/2014 de 28 de noviembre, que instruyó su inmediata reincorporación, no han dado cumplimiento a lo establecido en la misma, vulnerándose de ese modo su derecho de inamovilidad laboral.

Desde el 29 de agosto de 2014, fecha de su despido, se cumplió los tres meses de servicio que presta el ente gestor de salud posterior a la desvinculación laboral, significando ello que en cualquier momento su esposa e hijo no nacido estén desamparados de atención médica y control pre y post natal, constituyéndose en una amenaza evidente la suspensión del servicio de salud; por lo tanto, una flagrante violación a sus derechos constitucionales.