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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0751/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0751/2015-S3

    Fecha: 07-Jul-2015

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    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.2. Informe de la persona demandada
    • concedió
    • III.1.
    • a) La respuesta no se pone en conocimiento del peticionario
    • III.2
    • c) “Habiéndose presentado la petición respetuosa, la autoridad no la responde dentro de un plazo razonable”
    • REVOCAR

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