Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0751/2015-S3
Fecha: 07-Jul-2015
III.2
De la revisión de los antecedentes, se advierte que la solicitud a la que hace referencia la accionante fue presentada el 5 de diciembre de 2014, al Director General del CEMIAC, con el objeto de obtener una copia del contrato de trabajo suscrito con dicha institución para ejercer funciones como profesora de inglés; empero, no mereció respuesta a la fecha de presentación de esta acción de defensa (16 de diciembre de 2014).