SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0754/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0754/2015-S1

Fecha: 28-Jul-2015

concedió

La Sala Civil y Comercial del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 08/2015 de 14 de abril, cursante de fs. 203 vta., a 208 vta., concedió la tutela disponiendo dejar sin efecto los Memorandos de jubilación obligatoria y se le permita al accionante trabajar con normalidad en la UATF, hasta que decida voluntariamente acogerse a ese beneficio, salvo que se demuestre una causa de destitución; se le restituya las asignaturas y las horas de trabajo asignadas en la gestión académica 2014; y, le cancelen su haberes y demás beneficios sociales desde el 1 de enero del 2015; bajo los siguientes fundamentos:       1) Con relación a la vinculatoriedad de la SC 1035/2014 de 9 de junio, que declaró inconstitucional el art. 24.I.8 de la LOMP, “no es vinculante” (sic) al presente caso; 2) La Resolución 27/2013, aprobada por el XII Congreso Nacional de Universidades (21 al 23 de agosto de 2013), que dispuso entre otros aspectos eliminar el art. 85 del antiguo Reglamento, que establecía como edad máxima a los sesenta y cinco años para acogerse a la jubilación, este aspecto no fue desvirtuado por las autoridades demandadas; y, 3) Si bien el accionante no ha demostrado de forma precisa las actitudes de hecho e identificado a los responsables, corresponde aplicar el principio de favor debilis, en consideración de los supuestos del caso concreto, siendo posible efectuar la inversión de la prueba.