Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0755/2015-S3
Fecha: 08-Jul-2015
III.2. Análisis del caso concreto
El accionante expresa que se vulneró su derecho invocado en la acción de libertad interpuesta, debido a que, dentro del proceso penal que le sigue el Ministerio Público, por la presunta comisión del delito de lesiones graves y leves, fue declarado rebelde, al no presentarse a la audiencia de juicio oral señalada, pese al justificativo presentado.
De lo obrado se tiene que, el accionante, por memorial de 8 de enero de 2015, justificó su inasistencia a la audiencia de la misma fecha, por razones de trabajo, al encontrarse de viaje a la ciudad de Santa Cruz, “…al ser chofer y ser la única forma mediante la cual mantengo a mi familia…” (sic) (Conclusión II.1).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.2.
- III.1. La exigencia de fundamentación de las resoluciones.
- la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales
- III.2. Análisis del caso concreto
- PABLO SOTO CHOQUE