AUTO CONSTITUCIONAL 0301/2015-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0301/2015-CA

Fecha: 11-Ago-2015

rechazó

Por Resolución de 22 de julio de “2012”, cursante de fs. 20 a 23, pronunciada por la Jueza Sumariante de la Fiscalía General del Estado, se rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, bajo los siguientes fundamentos: a) El accionante señala que interpone la presente acción contra la Disposición Transitoria Quinta de la Ley Orgánica del Ministerio Público, pero erróneamente transcribe lo dispuesto por el art. 17 del EFP, señalando que dicha normativa contraviene lo señalado por el art. 3.III del citado Estatuto, lo cual implica una total incongruencia; b) No citó los preceptos constitucionales que se consideran infringidos; y, c) Tampoco determinó de qué manera la norma impugnada vulnera preceptos constitucionales ni la relevancia que tendría ésta en la decisión del proceso disciplinario; toda vez que, la misma no es aplicable al caso en particular.