Los suscritos Magistrados, manifiestan su disidencia con la DCP 0175/2015 de 11 de agosto, correlativa a la DCP 0007/2015 de 14 de enero, en base a los argumentos jurídicos constitucionales:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados, manifiestan su disidencia con la DCP 0175/2015 de 11 de agosto, correlativa a la DCP 0007/2015 de 14 de enero, en base a los argumentos jurídicos constitucionales:

Fecha: 11-Ago-2015

Entonces, la publicación de la norma se constituye inexcusablemente en un requisito formal de validez de la misma, en el Estado boliviano, debe ser aplicada tanto a leyes como a normas institucionales básicas por revestir ambas de carácter general a efectos de que la población tenga conocimiento certero del momento preciso en el cual una normativa aprobada por el Estado comienza a tener efectos jurídicos

Asumir que la COM o Estatutos Autonómicos son vigentes a partir de un acto electoral sería desmerecer el conocimiento oportuno que debe tener la ciudadanía respecto a la vigencia precisa de su norma institucional básica sin ser publicada oficialmente por los medios idóneos, conduciendo de esta manera a una incertidumbre en cuanto a la fecha de vigencia y preceptos oficiales de la normativa que necesariamente debieron ser publicados en la Gaceta Oficial.  Entonces, la publicación de la norma se constituye inexcusablemente en un requisito formal de validez de la misma, en el Estado boliviano, debe ser aplicada tanto a leyes como a normas institucionales básicas por revestir ambas de carácter general a efectos de que la población tenga conocimiento certero del momento preciso en el cual una normativa aprobada por el Estado comienza a tener efectos jurídicos.

En ese sentido, es razonable que las normas institucionales básicas, sean estatutos o cartas orgánicas, deban ser publicadas de manera formal, para que de esta forma, se evite la vulneración de los derechos fundamentales de ciudadanos de la ETA municipal quienes deben tener certeza del momento preciso en el cual ésta norma institucional básica entrará en vigencia, esto por principio de seguridad jurídica.