SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0807/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0807/2015-S3

Fecha: 03-Ago-2015

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El abogado de la parte accionante ratificó la acción planteada, añadiendo que es de conocimiento de la autoridad demandada que la víctima no asistió a la audiencia conclusiva y no se sabe su paradero; posteriormente, en respuesta a la pregunta efectuada por la Jueza de garantías respecto a si plantearon reposición o “alguna situación” (se entiende contra la providencia de 21 de marzo de 2015), respondió que le manifestaron (al Juez demandado) “…estos hechos verbalmente…” (sic).