SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0827/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0827/2015-S3

Fecha: 17-Ago-2015

1)

Alexander Osinaga Ribera, Fiscal de Materia, bajo el principio de unidad establecido en la Ley de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Procesal Penal, en audiencia solicitó se deniegue la tutela, refiriendo que:        1) Existe un proceso penal iniciado el 29 de julio de 2013, a denuncia de Jhinna Bonifaz Vincenti, emitiéndose imputación formal el 8 de agosto del referido año, por la presunta comisión del delito de robo contra el hoy accionante, llevándose a cabo la audiencia de medidas cautelares en la cual se determinó la detención preventiva del mismo; y, 2) Se emitió requerimiento conclusivo de procedimiento abreviado a favor del ahora accionante; por lo que, no existe una indebida persecución ni detención, siendo que ésta, emerge de un proceso penal que culminó con el requerimiento de proceso abreviado solicitado por este, mismo que fue presentado el 29 de diciembre de 2014, conforme prevé la referida norma legal. El juez dentro las cuarenta y ocho horas debe fijar audiencia y de existir un retraso en el señalamiento de la misma, debe hacer conocer dichos extremos mediante la vía que corresponda.