AUTO CONSTITUCIONAL 0328/2015-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0328/2015-CA

Fecha: 07-Sep-2015

rechazó

Por Resolución de 14 de agosto de 2015, cursante de fs. 174 a 182 vta., la Autoridad Sumariante Disciplinario de la Dirección del Notariado Plurinacional, rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta impetrada por Rodrigo Calcina Quisbert, con el siguiente fundamento: 1) El   art. 20 incs. c) y d) de la Ley del Notariado Plurinacional, es plenamente constitucional, porque se encuentra enmarcado y sometido a los preceptos de la Constitución Política del Estado, y a su procedimiento legislativo en cuanto a su emisión; y, 2) Por su parte la SCP 1620/2014 de 19 de agosto, emitida por el Tribunal Constitucional Plurinacional, declaró la constitucionalidad de dicha Ley, entre ellas el art. 100, ahora cuestionado de inconstitucional, aspecto que hace que la presente acción sea improcedente al amparo de los arts. 78.II.1 y 84.I del CPCo.