AUTO CONSTITUCIONAL 0341/2015-CA
Fecha: 17-Sep-2015
RECHAZAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 27.II inc. c) del Código Procesal Constitucional, resuelve: RECHAZAR la acción de inconstitucionalidad abstracta, planteada Rubén Armando Costas Aguilera, Gobernador del departamento Autónomo de Santa Cruz, demandando la inconstitucionalidad de los arts. 81.II inc. e), 87 inc. e), 228 en su parte “…y el Reglamento en materia de Regalía Minera, el cual determinará los procedimientos de liquidación, retención y pago”, 229.III y la Disposición Final Primera, todos de la Ley de Minería y Metalurgia; y, del Decreto Supremo 2288 de 11 de marzo de 2015 “en todas sus disposiciones jurídicas” (sic), por ser presuntamente contrarios a los arts. 1, 270, 272, 277, 279, 297.I.2, 300.I.26 y 36, 340.I, III y IV, 341.1; y, 351.IV de la Constitución Política del Estado.