SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0840/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0840/2015-S1

Fecha: 14-Sep-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro de las investigaciones preliminares que sigue el Ministerio Publico a denuncia de la ahora accionante contra Carlos Alberto Requena Chacón y Darwin Ibáñez Arteaga por la presunta comisión del delito de robo agravado cuya víctima resultó  ser su hijo menor AA; en audiencia de imposición de medidas cautelares, celebrada el 27 de septiembre de 2013, en su condición de madre de la víctima fundamentó los riesgos establecidos en el art. 234.5 y 9 del Código de Procedimiento Penal (CPP), empero, no fueron valorados, razón por lo cual en la misma audiencia interpuso recurso de apelación, habiéndose ratificado mediante memorial presentado el 30 del mismo mes y año; sin embargo, transcurrió más de setenta y dos horas y no remitieron el cuaderno procesal al Tribunal de alzada, hasta la fecha de la interposición del memorial de acción de libertad.

Refiere que a raíz de la detención preventiva impuesta contra los imputados, y porque se les remitió al Centro de Rehabilitación “Santa Cruz” Palmasola, donde “gozan” en el pabellón 4  del régimen abierto, teniendo todas las facultades para comunicarse con sus “parceros” (sic), toda vez que son miembros de la Pandilla “MUNDO LIBRE” quienes siembran pánico y zozobra en la zona, al extremo de recibir amenazas con la finalidad de que desista de la denuncia realizada, además que su hijo se encuentra totalmente atemorizado.