Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0858/2015-S3
Fecha: 07-Sep-2015
III.2. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
En ese sentido, en el mismo Fundamento Jurídico, citado en el párrafo anterior, agregó a la tipología el hábeas corpus -ahora acción de libertad- traslativo o de pronto despacho: “…el cual se constituye en el mecanismo procesal idóneo para operar en caso de existir vulneración a la celeridad cuando esté relacionada a la libertad y devenga de dilaciones indebidas, que retardan o evitan resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad”.