SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0886/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0886/2015-S3

Fecha: 14-Sep-2015

concedió

El Juez Quinto de Instrucción en lo Penal del departamento de Oruro, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 03/2015 de 31 de enero, cursante de fs. 22 a 24, concedió la tutela solicitada, disponiendo que el demandado pueda remitir “en el día” el cuaderno de apelaciones ante la Sala correspondiente, inclusive “…sin aguardar a los auxiliares de las Salas Penales…” (sic) habida cuenta que esa formalidad no está prevista en la ley; ello, bajo los siguientes fundamentos: 1) En los casos en los que se encuentren detenidos preventivos, se debe dar prioridad y agilizar su tratamiento, tomando en cuenta que se encuentra en debate el derecho a la libertad y la posibilidad de ser restituido el mismo; y, 2) Su tramitación debe enmarcarse dentro de la norma adjetiva penal; en consecuencia, no estando justificada la demora por más de mueve días, corresponde conceder la tutela impetrada.