Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0886/2015-S3
Fecha: 14-Sep-2015
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
Los accionantes, a través de su representante, en audiencia, ratificaron in extenso los términos expuestos en el memorial de interposición de acción de libertad; y ampliándolos, señalaron que, habría un informe que indica que se hubieren remitido antecedentes ante el Tribunal de azada; empero, aun habiendo cesado la causa que origina la presente acción tutelar, la audiencia “deberá” realizarse en el día y hora señalados, a efectos de establecer las responsabilidades que correspondan.
- acción de libertad
- I.1. Contenido de la demanda
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR