SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0890/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0890/2015-S1

Fecha: 22-Sep-2015

denegó

El Tribunal Segundo de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 03/2015 de 14 de febrero, cursante a fs. 21 y vta., por la que denegó la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: a) El accionante podía hacer retiro de la presente acción, más aun cuando existía restitución al derecho que consideraba lesionado; b) La jurisprudencia plasmada en la SC 0451/2010-R, también puede ser aplicada en todos aquellos casos en los que exista retiro de la demanda una vez que haya cesado la restricción a la libertad, y antes de la notificación a la autoridad, funcionario o persona demandada con la admisión y señalamiento de audiencia; y, c) En la presente acción de defensa, el accionante hizo una narración donde el derecho a la libertad de su representado fue lesionado, por parte de los Jueces Técnicos del Tribunal Tercero de Sentencia Penal; sin embargo, ante la ausencia de ambas partes y la falta de remisión del cuaderno procesal, imposibilitó tener mayores elementos probatorios para considerar el fondo de la acción impetrada.