Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0890/2015-S1
Fecha: 22-Sep-2015
II.1.
II.1. El 13 de febrero de 2015, a horas 14:38 Luis Andrés Ritter Zamora, en representación sin mandato de Carlos Duvan Vargas Muñoz, mediante memorial, retiró la acción de libertad interpuesta a horas 12:00 del mismo día, contra los Jueces Técnicos del Tribunal Tercero de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz, retiro que fue presentado ante el Tribunal Segundo de Sentencia Penal del mismo departamento, que fungía como Tribunal de garantías, aduciendo que ya se había firmado el mandamiento de libertad en favor de su representado (fs. 19).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 6
- Fragmento 7
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2.De la acción de libertad
- III.2.1.De la acción de libertad en la constitución Política del Estado
- III.2.2.La acción de libertad en el Código Procesal Constitucional
- III.3.La carga de la prueba en acción de libertad.
- III.4.Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR