SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0891/2015-S3
Fecha: 14-Sep-2015
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y el Viceministro de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción en su contra, se señaló audiencia conclusiva para el “4” -lo correcto es 3- de marzo de 2015, acto procesal en el que se observó la falta de personería de los sujetos procesales; empero, el Juez Tercero de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz -hoy demandado-, decidió proseguir con dicha audiencia; por lo que, interpuso recurso de reposición, solicitando además el abandono de querella y de la acusación particular, manifestando que la representación del Consejo Nacional de la Vivienda Policial (COVIPOL), se ejerce a través del Presidente de la Junta Directiva y el Director Ejecutivo -de acuerdo al Estatuto Orgánico de dicha entidad-, es decir, contando con una representación dual; sin embargo, en la audiencia, el referido Director pretendía actuar solo, siendo que para tal efecto, necesitaba de un poder otorgado por la Junta Directiva, hecho que no aconteció.
Finalmente, señaló que al haber planteado el recurso de reposición, y no procediendo recurso ulterior alguno, interpuso la presente acción de libertad por existir procesamiento indebido, ya que se otorgaron derechos y facultades a quien no correspondía, sin considerar su reclamo con referencia a la falta de personería del representante del COVIPOL.