Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0896/2015-S3
Fecha: 17-Sep-2015
II.1.
II.1. Cursa informe con cite 023/15 de 12 de marzo de “2014”, presentado por Juan Carlos Ramos Rocabado, Director Departamental de la FELCC de Santa Cruz -hoy demandado-, donde se indicó que, no existe persecución ilegal por encontrarse el hecho a conocimiento del Ministerio Público y que cuenta con control jurisdiccional (fs. 9 y vta.).