Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0897/2015-S3
Fecha: 17-Sep-2015
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
La accionante a través de su representante, ratificó in extenso el contenido de su memorial de acción de libertad; y ampliándolo, señaló que en virtud al principio de lealtad procesal, recientemente fue de su conocimiento que la Jueza demandada ya remitió su apelación; por lo que “…habiéndose subsanado el acto denunciado como agraviado, dejamos a criterio del Tribunal” (sic).