Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2016-S3
Fecha: 04-Ene-2016
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante por medio de su abogado, ratificó los términos de la acción de libertad y los amplió señalando que dentro del informe presentado por las autoridades demandadas “existen 2 memoriales” (sic), por los que se habría reclamado oportunamente la dilación innecesaria en cuanto a la remisión de antecedentes al Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; en ese sentido, solicitó se declare procedente la acción de libertad, ya que se encuentra recluido cuatro años, nueve meses y once días en el penal de San Sebastián, sin que se pueda tramitar procedimiento alguno, a tal efecto señaló la Ley de Ejecución Penal y Supervisión y la de Indulto.