SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0058/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0058/2016-S1

Fecha: 14-Ene-2016

II.7.

II.7.    La Sala Social y Administrativa Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia pronunció Auto Supremo 231/2014 de 21 de noviembre, anulando de oficio obrados hasta fs. 667; y, disponiendo que previo sorteo y sin espera de turno ni dilación alguna, bajo responsabilidad administrativa dicté nuevo auto de vista en sujeción al art. 236 del CPC.1997, refiriéndose sobre los puntos reclamados en el recurso de apelación, de acuerdo a la fundamentación siguiente: 1) Aplicación de los arts. 15 de la LOJ y 252 del CPC.1997; 2) El Auto de vista de 17 de marzo de 2010 impugnado que confirmó la Resolución 22 apelada, sin que hubiese efectuado un estudio de los puntos resueltos por el Juez a quo, ni de los que fueron objeto de apelación, limitándose a manifestar que el recurso de apelación no cumplía con lo prescrito en el art. 227 del CPC.1997; 3) No constituía una unidad lógica jurídica, porque las apreciaciones de la parte considerativa no debieron ser contradictorias; 4) Incumplió con lo establecido en el art. 236 del CPC.1997, debido a que no contiene motivación, fundamentación y no es congruente; y, 5) Inobservó los arts. 90, 190, 192 y 236 del mismo Código (fs. 55 a 58).