Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2016-S1
Fecha: 14-Ene-2016
a)
La accionante a través de su representante, ratificó su memorial de acción de libertad y ampliando el mismo manifestó que: a) Solicitó el 3 de septiembre de 2015, fotocopias legalizadas de la Sentencia, Auto de ejecutoria, mandamiento de condena y el Auto de radicatoria, que se encuentran a cargo del Juzgado Primero de Ejecución Penal del departamento de La Paz; b) Por decreto de 4 de similar mes y año, la autoridad demandada, respondió que acuda a la autoridad competente, además de disponer que sin perjuicio le franqueen fotocopias simples de las piezas solicitadas; y, c) Dicho decreto contraviene todo principio constitucional, porque le causa demora para poder acogerse al indulto.
- acción de libertad
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR