SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0084/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0084/2016-S1

Fecha: 15-Ene-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Cumpliendo funciones como Jueza Primera de Instrucción en lo Penal y Mixta de Montero del departamento de Santa Cruz, a denuncia de la Unidad de Transparencia del Órgano Judicial, se inició en su contra un proceso disciplinario por la supuesta comisión de falta disciplinaria prevista en el art. 187.5 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), bajo el falso argumento de que dentro del proceso penal seguido a instancias del Ministerio Público contra Rosario Ortiz Tomasi y Edwin Rolfi Rivero Melgar, por la supuesta comisión de los delitos de abigeato y robo agravado, su autoridad hubiera rechazado indebidamente una recusación formulada por los imputados siendo que aparentemente emitió opinión anticipada de la causa incurriendo en la causal señalada por el art. 361.2 del Código de Procedimiento Penal (CPP); siendo que dicho aspecto no fue alegado por las partes en el referido proceso penal, que ya había concluido hace más de dos años mediante conciliación y en el cual no participó ni conoció las medidas cautelares, aspectos que no fueron considerados por la Jueza Disciplinaria demandada, quien declaró probada la denuncia, sin investigar los antecedentes de la recusación y limitándose a realizar audiencia de inspección judicial disciplinaria disponiendo su alejamiento por un mes del cargo.