SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2016-S3

Fecha: 28-Ene-2016

concedió

La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 62 de 3 de septiembre de 2015, cursante de fs. 40 vta. a 43 vta., concedió la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: a) La jurisprudencia estableció que en casos de avasallamiento, desocupación violenta de predios urbanos o rurales, de manera excepcional se puede acudir a la vía constitucional directamente sin agotar la vía ordinaria, estableciendo tres requisitos: 1) Se acredite el título de propiedad; 2) Que el título de propiedad no sea controvertido; y, 3) Se demuestre que se actuó con medidas de hecho; y, b) Se vulneró el derecho a la propiedad privada y el accionante al acreditar su derecho propietario; demostró las vías de hecho suscitadas por los ahora demandados; quienes ocuparon de manera violenta el predio, objeto del litigio sin permitir el ingreso a la propiedad; ocupando y cerrando el camino sin tener derecho alguno sobre el predio que se reclama.