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    AUTO CONSTITUCIONAL 0237/2016-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0237/2016-CA

    Fecha: 11-Oct-2016

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    • recurso directo de nulidad
    • I.1. Síntesis de la demanda
    • a)
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal del recurso directo de nulidad
    • Las Resoluciones dictadas por las autoridades judiciales, excepto cuando hubieran sido dictadas después de haber cesado o suspendidas en el ejercicio de sus funciones a causa de un proceso administrativo disciplinario en su contra. Esta última previsión es aplicable a las demás autoridades”
    • a supuestas infracciones al debido proceso, en cualquiera de las formas en que tales infracciones pudieran producirse en los procesos judiciales o administrativos en curso...
    • Pretender impugnar decisiones dentro de procesos judiciales o administrativos con el argumento de que han sido dictadas sin competencia, constituye un uso abusivo e indebido del recurso directo de nulidad, que no sólo desvirtuaría el sentido y alcances de este instituto jurídico, sino que determinaría la producción de una carga procesal injustificada por el uso indebido del recurso, que colapsaría la labor jurisdiccional del Tribunal Constitucional…”
    • Fragmento 8
    • Supuestas infracciones al debido proceso
    • IMPROCEDENCIA

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