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    AUTO CONSTITUCIONAL 0248/2016-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0248/2016-CA

    Fecha: 12-Oct-2016

    Juez de Partido del Trabajo y Seguridad Social

    En consulta la Resolución de 30 de septiembre de 2016, cursante de fs. 33 a 35 vta., pronunciada por el Juez de Partido del Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Segundo del departamento de Chuquisaca, por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Jorge Marañón Caba, Administrador Regional de la Caja Nacional de Salud (CNS) Sucre, demandando la inconstitucionalidad de la Disposición Adicional Única de la Ley de Prestación de Servicios de Salud Integral del Estado Plurinacional de Bolivia -Ley 475 de 30 de diciembre de 2013-, por ser presuntamente contraria a los arts. 123 y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE).

    • Juez de Partido del Trabajo y Seguridad Social
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • I.2. Respuesta a la acción
    • rechazar
    • “…en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales”
    • II.3. Análisis del caso concreto
    • RATIFICAR

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