Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0256/2016-CA
Fecha: 13-Oct-2016
II.4. Análisis del caso concreto
Se demanda la inconstitucionalidad de los arts. 14 y 109 del Reglamento de Procesos Disciplinarios para la Jurisdicción Ordinaria y Agroambiental aprobado por el Consejo de la Magistratura mediante Acuerdo 109/2015, por ser presuntamente contrarios a los arts. 13, 14, 115, 116, 117.I y II, 119.I, 120.I, 122 y 410 de la CPE.
Conforme determina el art. 83.II del CPCo, corresponde a la Comisión de Admisión de este Tribunal Constitucional Plurinacional, pronunciarse sobre la admisión o rechazo de la acción de inconstitucionalidad concreta; al efecto, se debe verificar si el accionante dio cumplimiento a los requisitos establecidos.
- Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- Se tiene presente la apelación planteada por el Abog
- bajo apercibimiento de tenerlos por no presentados
- rechazó
- II.1. Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- signos de incompatibilidad o contradicción directa con la Constitución
- II.4. Análisis del caso concreto
- coexistan
- RATIFICAR