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    AUTO CONSTITUCIONAL 0288/2016-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0288/2016-RCA

    Fecha: 07-Oct-2016

    1)

    La accionante manifestó que: 1) Siendo reconocido el doble aguinaldo como derecho constitucional y evidenciándose  la omisión de un servidor público en el cumplimiento de dicha obligación, debe considerarse que el juez esta para administrar justicia y no para retardarla; y, 2) La revisión del pago de un doble aguinaldo solicitado tiene calidad de un derecho irrenunciable y debe ser tratado con celeridad.

    • Fragmento 1
    • Fragmento 2
    • I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
    • a)
    • improcedente
    • 1)
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • II.2.    Sobre el carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
    • siempre que el ordenamiento jurídico ordinario no prevea un medio idóneo y expedito para reparar la lesión producida
    • CONFIRMAR

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