AUTO CONSTITUCIONAL 0299/2016-RCA
Fecha: 12-Oct-2016
I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
Por memoriales presentados el 7 y 19 de septiembre de 2016, cursantes de fs. 308 a 317; y, 323 a 325, el accionante manifiesta que el 13 de octubre de 2014, el Fiscal Policial del departamento de La Paz le inició un proceso de investigación disciplinario, por la presunta comisión de la falta grave prevista en el art. 12 inc. 19) de la Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana (LRDPB) -Ley 101 de 4 de abril de 2011-, emitiéndose la Resolución Administrativa (RA) 028/2015 de 5 de marzo, por el Tribunal Disciplinario Departamental de La Paz, sancionándole con el retiro temporal de la institución con pérdida de antigüedad y sin goce de haberes de seis meses. En tiempo oportuno interpuso recurso de apelación; sin embargo, mediante Resolución 055/2016 de 20 de abril, confirmaron la resolución apelada, sin considerar que la misma debe ser pronunciada en el plazo de diez días hábiles, ya que resolvieron dicho recurso en cuarenta días.