Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0123/2016
Fecha: 06-Oct-2016
3º
3º Exhortar a toda la institucionalidad municipal a que la aplicación e interpretación de la Carta Orgánica Municipal y la normativa autonómica se efectué conforme al bloque de constitucionalidad, de forma que se promueva el establecimiento de una gestión pública basada en el respeto mutuo entre personas y pueblos sobre la base de los valores plurales de intra e interculturalidad como una forma de alentar, reforzar y consolidar los derechos de las naciones y pueblos indígena originario campesinos y de todos los habitantes del municipio de Puna.
- I.
- I.1. Contenido de la consulta
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- se infiere que el examen siguiente, solo recaerá sobre aquellas regulaciones declaradas incompatibles, dado el carácter concordante de aquellas otras previsiones del proyecto original declaradas compatibles con la Norma Suprema
- III.2.
- Artículo 26. (Representación de los Distritos Municipales Indígena Originario Campesinos)
- Artículo 26. (Representación Indígena Originario Campesinos)
- Control previo de constitucionalidad
- compatibilidad
- 2°
- 3º