El suscrito Magistrado expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 0889/2016-S1 de 4 de octubre, porque confirma y deniega la tutela solicitada; por cuanto considera que se debió
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El suscrito Magistrado expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 0889/2016-S1 de 4 de octubre, porque confirma y deniega la tutela solicitada; por cuanto considera que se debió

Fecha: 04-Oct-2016

En este sentido la acción de amparo constitucional por su naturaleza subsidiaria, requiere que previa a su interposición                 se agoten todos los mecanismos de defensa ordinarios o administrativos, para hacer valer sus derechos y garantías constitucionales

En este sentido la acción de amparo constitucional por su naturaleza subsidiaria, requiere que previa a su interposición                 se agoten todos los mecanismos de defensa ordinarios o administrativos, para hacer valer sus derechos y garantías constitucionales; así una vez agotados estos medios recién podrá acudirse ante la jurisdicción constitucional en caso de haberse afectado los derechos y garantías fundamentales” (las negrillas nos corresponden).