Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0885/2016-S1
Fecha: 04-Oct-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante considera lesionado su derecho a la libertad, toda vez que las autoridades demandadas, no admitieron su solicitud para acogerse al beneficio del Indulto dispuesta por los Decretos Presidenciales 2131 y 2437, a pesar de que cumplió con todos los requisitos exigidos y contaba con sentencia ejecutoriada hasta antes del 30 de junio de 2016.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 10
- III.2.
- III.3. De la acción de libertad
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR