SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0900/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0900/2016-S1

Fecha: 04-Oct-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

En la gestión 2000, mediante concurso de méritos fue contratado por la empresa SETAR, con el transcurso del tiempo fue ascendiendo de niveles laborales, tal es así, que el 2008 fue designado como responsable de facturación, un año después, fue promocionado a encargado de pérdidas no técnicas, el 2010 responsable de facturación y encargado de pérdidas, el 2011 jefe de división comercial, hasta que el 2015 mientras se desempañaba como responsable de cortes y reconexiones, mediante Memorándum G.G.-RR.HH. 111/2016 de 21 de abril, fue reasignado a “Yunchara” como responsable de asuntos regulatorios de distribución comercial, hecho que atenta contra sus intereses, debido a que reside en la ciudad de Yacuiba desde hace más de dieciséis años; siendo que, su familia y domicilio se hallan constituidos en dicha ciudad, aspectos que no están siendo considerados por el demandado a momento de ordenar dicha reasignación que responde a caprichos políticos. Con el afán de revertir esa injusta reasignación, acudió ante a la Jefatura Regional del Trabajo de la referida ciudad, una vez denunciados los hechos perpetrados, se fijó audiencia de conciliación, y emitió la Conminatoria de Reincorporación JRTY-RPT- 006/2016 de 18 de mayo, disponiendo que dentro de tercero día de la notificación, sea reincorporado a su fuente laboral, la mencionada Conminatoria no fue acatada; por lo que, consideró encontrarse frente a un despido indirecto; toda vez que, el cambio de destino no fue consentido ni aceptado por su persona, ya que tiene obligaciones morales y hasta económicas que lo atan a la referida ciudad.