SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0937/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0937/2016-S1

Fecha: 19-Oct-2016

a)

Elena Esther Lowenthal Claros de Padilla y Hugo Bernardo Córdova Eguez, Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, mediante informe cursante a fs. 40 y vta., manifestaron que: a) El impetrante de tutela confunde totalmente la naturaleza y finalidad de la acción de libertad incoada, pues en los fundamentos acusa que hubiesen incurrido en una total falta de fundamentación al pronunciar el Auto de Vista 80/2016, sin adecuar y argumentar su petitorio a lo previsto por el art. 125 de la CPE que regula dicha acción; b) No se especifica a cuál de las vertientes de procedencia de la acción de libertad, corresponde el presente caso, pretendiendo que el Tribunal de garantías se convierta en una instancia ordinaria más dentro del referido proceso penal; y, c) El Auto de Vista 80/2016 es coherente y se halla debidamente sustentada en hecho y derecho, además responde a todos los cuestionamientos elevados en alzada.