SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0944/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0944/2016-S2

Fecha: 07-Oct-2016

III.4.  Análisis del caso concreto

           Ingresando al análisis de los hechos, motivo de la presente acción tutelar, el accionante centra su demanda señalando que sin causa justificada a través del Memorándum G.G.–RR.HH 50/2015, se dispuso su reasignación provisional de funciones de SETAR-YACUIBA a SETAR SUBSISTEMA YUNCHARA, que si bien le mantienen la misma escala salarial; sin embargo, la distancia existente entre un lugar y el otro, de más de 400 km le origina detrimento económico, familiar y académico. Interpuesta la respectiva denuncia, la autoridad hoy demandada no dio cumplimiento a la Conminatoria de reincorporación laboral vulnerado su derecho a la estabilidad laboral y al trabajo.

           En el caso concreto, se pudo evidenciar que efectivamente cursa en obrados, la Conminatoria de reincorporación JRTY–RPT- 003/2016 de 4 de marzo a favor del accionante, misma que le fue notificada legalmente a la autoridad hoy demandada; no obstante, dicha Resolución hasta el 20 de mayo de 2016 (fecha de presentación de esta acción tutelar) no fue cumplida, hecho por el cual quedó probado que ese incumplimiento, vulneró los derechos fundamentales del accionante, toda vez que, no es admisible que se ignore un mandato de cumplimiento obligatorio de una Conminatoria de reincorporación emitida por el Jefe Regional del Trabajo de Yacuiba; puesto que la estabilidad laboral es un derecho constitucional cuya vulneración puede generar la lesión de otros derechos como la subsistencia, la dignidad y la vida, hecho por el cual, corresponde conceder la tutela impetrada, máxime si el accionante cumplió con las subreglas previstas por la SCP 0177/2012 de 14 de mayo, referidos a la solicitud de reincorporación y posterior presentación de esta acción.