SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0947/2016-S2
Fecha: 07-Oct-2016
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
Hace aproximadamente cinco años atrás, entregó al padre de sus hijos, su vehículo, marca Toyota, tipo caldina, modelo 1998, con número de placa de control 2581 DAE, para que trabaje dentro del radio urbano intermunicipal en el sindicato Trans Eterazama; sin embargo, el 4 de junio de 2015, el aludido fue aprehendido y detenido por la presunta comisión del delito de transporte de sustancias controladas, luego de haber transcurrido más de un mes, el 10 de julio del igual año, fue sentenciado mediante la aplicación de procedimiento abreviado; al enterarse del hecho sucedido, como única propietaria del referido vehículo, el 22 de febrero de 2016, se apersonó ante la autoridad jurisdiccional hoy demandada y planteó el incidente de devolución de vehículo, manifestando que no tuvo participación en la comisión del indicado ilícito penal y de conformidad a los incisos a) y b) del art. 71 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas –Ley 1008 de 19 de julio de 1988–, no debió disponerse la confiscación de su vehículo; empero, la autoridad demandada, contrariando dicho precepto normativo, por decreto de 24 del igual mes y año, le negó la devolución, señalándole, estese al Auto de 20 de noviembre de 2015; no obstante, el 4 de marzo de 2016, dedujo recurso de reposición, el mismo que por Resolución de 7 de igual mes y año, fue rechazado in limine y sin recurso ulterior, con el argumento que el incidente planteado, es improcedente por carecer de fundamento legal; contra esa ilegal decisión, por escrito de 21 de marzo de 2016, presentó apelación, la autoridad jurisdiccional, en lugar de admitir el referido recurso, por decreto de 22 del igual mes y año, le señaló estése al Auto de 7 del igual mes y año, negándole su derecho a recurrir.
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- II.1.
- II.4.
- II
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El régimen de impugnaciones en el Código de Procedimiento Penal: la apelación incidental
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo