Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0952/2016-S1
Fecha: 19-Oct-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante sin mandato, denunció la vulneración de sus derechos a la vida, salud e integridad, por habérsele negado la atención médica en el Hospital de Clínicas Universitario del departamento de La Paz, a causa de que no se consignó en la orden de salida, la especialidad en que debía ser valorado; asimismo, porque fue trasladado del sector “Chonchocorito” a “La cocina” junto a reclusos por delitos de asesinato, siendo que debía ser asignado a “Población, áreas correspondientes” (sic).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interviniente
- denegó
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- III.2.2. La acción de libertad en el Código Procesal Constitucional
- Fragmento 13