SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0958/2016-S2
Fecha: 07-Oct-2016
II.1.
II.1. Mediante Resolución de Sobreseimiento de 30 de junio de 2016, Clovis Ugarteche Rocha, Fiscal de Materia, dispuso el sobreseimiento a favor del imputado, Jairo Mauricio Rioja Montenegro -ahora accionante-, “existiendo dudas razonables sobre la participación del imputado de haberse apoderado o haber sacrificado a un animal ajeno, siendo que hasta el momento no se ha apersonado victima alguna denunciando la pérdida o el sacrificio de algún animal de su propiedad…” (sic) (fs. 2 a 4 vta.); pasando la misma a despacho del Juzgado Cuarto de Instrucción en lo Penal, cuya autoridad ahora demandada, el 7 de julio de 2016, emitió decreto expresando que: “Vistos: Se tiene presente el requerimiento que antecede de resolución de sobreseimiento, la misma en favor del imputado JAIRO MAURICIO RIOJA MONTENEGRO, debiendo adjuntarse al cuaderno de control jurisdiccional una vez cumplida con lo que establece el art. 324 del C.P.P., siempre y cuando solicitaren alguna petición en actuaciones posteriores, el señor Fiscal de Materia deberá adjuntar cargo de recepción del Fiscal de Distrito para lo que fuere de ley, cumplida la solemnidad precitada por secretaria líbrese el correspondiente mandamiento de libertad a favor del imputado” (sic) (fs. 5).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- derechos a la vida, integridad física, libertad personal y libertad de circulación, de toda persona que crea estar indebida o ilegalmente perseguida, detenida, procesada, presa o que considere que su vida o integridad física está en peligro’
- tiene como objetivo principal proteger y restablecer los derechos fundamentales a la libertad personal, la vida cuando se encuentre en peligro, así como los derechos a la integridad física, la libertad de locomoción y debido proceso cuando éste se encuentre directamente vinculado con la libertad personal.
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo