Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0966/2016-S1
Fecha: 19-Oct-2016
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante, a través de su abogado, a tiempo de rarificar los términos de la acción presentada manifestó: Presentaron un certificado de trabajo que acredita que tiene un ingreso mensual de Bs20 000.- (veinte mil bolivianos); sin embargo, tiene otra familia, la asistencia familiar se cubre en función a las posibilidades del obligado y las necesidades de los beneficiados, esos aspecto no fueron valorados por los Vocales demandados. Si bien, es cierto que la asistencia familiar es modificable, empero, la Resolución emitida por las autoridades citadas carece de motivación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo
- ampulosa
- valoración de la prueba corresponde
- a) exista apartamiento de los marcos legales de razonabilidad y equidad previsibles para decidir; o, b) cuando se haya adoptado una conducta omisiva expresada, entre otras, en no recibir, producir o compulsar cierta prueba inherente al caso y, su lógica consecuencia sea la lesión de derechos fundamentales y garantías constitucionales; dicha competencia del Tribunal Constitucional, se reduce, en ambos casos, a establecer la ausencia de razonabilidad y equidad en la labor valorativa o la actitud omisiva en esta tarea, pero en ningún caso a sustituir a la jurisdicción ordinaria examinando la misma
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR