SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1030/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1030/2016-S2

Fecha: 24-Oct-2016

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El abogado de los accionantes, ratificó in extenso el contenido de la demanda presentada y la amplió señalando que, después de nueve días no se dio curso a la apelación formulada; no obstante, haberse provisto del material correspondiente para acompañar el recurso interpuesto en el Juzgado de Instrucción a cargo del proceso, señalando que el Juzgado tiene la obligación de remitir los antecedentes de la apelación en el plazo de veinticuatro horas tal como dispone el art. 251 del CPP, hecho que la autoridad ahora demandada no dio cumplimiento; consiguientemente, con esta actitud se ha sometido a los accionantes a una vulneración indebida de sus derechos fundamentales que se vinculan a su libertad, por lo que se abre la tutela prevista en el art. 125 de la CPE.