SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1049/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1049/2016-S2

Fecha: 24-Oct-2016

III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO

El accionante, señala que Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, vulneró sus derechos fundamentales; toda vez que, habiendo trabajado desde el 24 de agosto de 2013 en la referida empresa estatal, se le puso en conocimiento del accionante el 2 de enero de 2016, que el contrato de 30 de diciembre de 2015, por el cual tendría que trabajar a partir del 11 de enero de 2016, en “Montenegro” sin tomar en cuenta que tres años atrás fueron sus anteriores contratos con sede en Trinidad. “Hasta que en fecha 30 de noviembre del 2015 de la noche a la mañana por primera vez se me designa de comisión con sede en la ciudad del alto desde el 30 de noviembre hasta el 11 de diciembre ampliándose este hasta la conclusión del objetivo, sin embargo de manera intempestiva se me instruye que retorne a Trinidad, sin proporcionarme los recursos necesarios, a efectos de que se me notifique con el nuevo contrato, constituyendo así con actos ilegales que han vulnerado mis derechos fundamentales” (sic), por haberle despedido indirectamente.

En ese sentido, presentó denuncia ante la Jefatura Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social del Beni, donde previa citación a Guillermo Achá Morales Presidente de YPFB, se emitió la Conminatoria de Reincorporación 005-A/2016 de 25 de enero, por la que se conminó se proceda a su reincorporación al mismo cargo que ocupaba y el pago de sus derechos sociales; determinación que habiendo sido presentada a YPFB el 24 de febrero de 2016, fue incumplida hasta la fecha lesionando de esa manera sus derechos fundamentales.