SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1086/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1086/2016-S3

Fecha: 05-Oct-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Habiendo sido denunciado e imputado por la presunta comisión del delito de estelionato a instancia de Pastor Ballesteros Mamani, Ricardo Nina Rengifo y Daniel Arando Carbajal, al concluir la investigación se emitió a su favor requerimiento conclusivo de sobreseimiento, el cual fue impugnado por los denunciantes el 12 de enero de 2016 y decretado en la misma fecha para ser remitido ante el Fiscal Departamental el 13 del mismo mes y año, autoridad que emitió la Resolución de recurso jerárquico FDP/FACM 014/2016 de 20 de enero, revocando el referido sobreseimiento, con la que fue notificado recién el 28 de igual mes y año, mediante cédula fijada en la oficina de la Fiscalía Departamental.

Los actuados se realizaron sin que se le notifique con la existencia de la impugnación al sobreseimiento, incumpliendo con lo dispuesto en el art. 58 de la Ley Orgánica del Ministerio Público (LOMP), aspecto que vulnera sus derechos constitucionales, puesto que al no ser notificado se le negó la posibilidad de presentar recusación contra el Fiscal Departamental de Potosí dentro del plazo contemplado en el art. 75 de la norma ya señalada, así como de conocer los fundamentos de la impugnación para poder rebatirlos y objetar la admisibilidad de la misma al poseer defectos de forma por no estar firmada por uno de los recurrentes.