SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1110/2016-S3
Fecha: 13-Oct-2016
a)
María del Carmen Roca Mercado, Fiscal de Materia, en audiencia refirió que: a) El Ministerio Público ha estado obrando bajo el control jurisdiccional en todo momento; b) En el presente caso, fueron señaladas varias audiencias, las mismas que fueron suspendidas por numerosas razones, entre ellas, la del 21 de octubre de 2015, ya que el accionante no compareció a la declaración informativa, por lo que se le notificó con el nuevo señalamiento de audiencia para el 18 de mayo de 2016; c) Mal puede afirmar que en dicha audiencia será aprehendido, no pudiendo dar por anticipado los hechos de una decisión del Ministerio Público, puesto que en ningún momento fue amenazado; y, d) Previamente debió acudir ante el Juez contralor y denunciar lo alegado bajo el principio de subsidiariedad.
- I.1.1.
- a)
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Presupuestos concurrentes de activación de la acción de libertad ante procesamiento ilegal o indebido
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- CONFIRMAR