AUTO CONSTITUCIONAL 0269/2016-CA
Fecha: 07-Nov-2016
I.1. Síntesis de la solicitud de parte
Por memorial presentado el 22 de agosto de 2016, cursante de fs. 143 a 145, el accionante, planteó acción de inconstitucionalidad concreta, dentro del concurso necesario de acreedores, seguido en su contra por Isabel Serrano de Angulo señalando que la Disposición Transitoria Quinta parágrafo IV inc. b) del Código Procesal Civil que dice: “…dará lugar a que la autoridad judicial expida mandamiento de desapoderamiento para los bienes y secuestro respecto de los títulos del CPC…”, permite la confiscación de bienes de una persona que no fue condenada, pudiendo ser desapoderada de todo su patrimonio, aspecto que atenta contra los derechos al debido proceso, a la propiedad privada y a la vivienda.
El Juez de la causa mediante Auto de 29 de julio de 2016, dispuso que entregue los bienes muebles e inmuebles de su propiedad a un perito, contra tal decisión interpuso recurso de reposición ante lo cual existe la posibilidad que el juzgador aplique la norma tildada de inconstitucional que objeta para la sustanciación del mismo; estando de tal manera, demostrada la relación directa entre el precepto que cuestiona y la resolución del medio de impugnación activado.
- Juez Público Civil y Comercial Decimosegundo del departamento de Santa Cruz
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- II.1. Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR