AUTO CONSTITUCIONAL 0277/2016-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0277/2016-CA

Fecha: 15-Nov-2016

II.3. Análisis del caso concreto

De obrados se tiene que la Jueza Disciplinaria Segunda de la Oficina Departamental del Consejo de la Magistratura del Beni, por Resolución de Primera Instancia 014/2016 (fs. 20 a 22 vta.), declaró improbada la denuncia interpuesta contra la accionante por la falta grave prevista en el art. 187.14 de la LOJ, fallo que fue impugnado a través del recurso de apelación el 14 de abril de 2016 (fs. 23 a 24 vta.), el cual fue resuelta por la Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura mediante Resolución SD-AP 344/2016 de 20 de julio (fs. 28 a 29 vta.), revocando la Resolución de primera instancia, declarando en consecuencia probada la denuncia e imponiendo una sanción de suspensión de funciones de un mes sin goce de haberes, la misma que se ejecutorió conforme el Auto de 12 de octubre de 2016 (fs. 30).